Sistema Jurídico

SISTEMA JURÍDICO 

EXPERTISE: CONOCIMIENTO PROFUNDO DEL DERECHO PANAMEÑO Y TENDENCIAS DEL MERCADO

En ElitorMedic vamos mucho más allá de lo convencional. Nuestro equipo cuenta con un conocimiento amplio y consolidado del sistema jurídico panameño, que abarca desde los marcos legales complejos hasta las reformas más recientes. No solo dominamos los fundamentos del derecho civil, comercial y tributario de Panamá, sino que también analizamos las implicaciones matizadas de acuerdos internacionales como el Tratado del Canal de Panamá o los tratados bilaterales de comercio con países como Estados Unidos y la Unión Europea. Esto nos permite crear soluciones a medida para empresas y particulares que desean invertir, expandirse o establecerse en Panamá.
Además, seguimos de cerca las dinámicas tendencias del mercado en Panamá, uno de los países de mayor crecimiento en Latinoamérica. Desde el auge del sector logístico alrededor del Canal de Panamá, pasando por el creciente sector turístico, hasta las innovaciones en fintech, energías renovables y salud: identificamos oportunidades y riesgos con antelación. Gracias a datos en tiempo real, análisis sectoriales y alianzas con expertos locales, le ofrecemos insights estratégicos que le ayudan a tomar decisiones informadas. Ya sea para navegar obstáculos regulatorios o aprovechar vientos económicos favorables, nuestra expertise garantiza que siempre esté un paso adelante. ¡Descubra cómo podemos llevar su proyecto en Panamá al éxito!

SISTEMA JURÍDICO EN PANAMÁ – RESUMEN Y ÁREAS ESPECIALIZADAS

El sistema jurídico panameño es amigable con los extranjeros, moderno y claramente orientado a inversores y expatriados. Aquí obtendrá un resumen rápido de las áreas más importantes. Haga clic en el texto subrayado para saltar directamente a la sección detallada de esta página y volver.

EVOLUCIÓN DEL SISTEMA JURÍDICO EN PANAMÁ

El sistema jurídico de Panamá tiene una historia larga y compleja, que va desde los derechos consuetudinarios prehistóricos, pasando por el dominio colonial español, hasta el ordenamiento civil moderno. Hoy se basa en la tradición del derecho civil (Civil Law), influenciada por elementos españoles, colombianos y estadounidenses. A continuación se presenta la evolución cronológica, basada en hitos clave, influencias y la estructura actual. Volver al resumen

ÉPOCA PRECOLOMBINA (ANTES DE 1501)

Desde hace aproximadamente 12.000 a. C. existieron asentamientos humanos en el istmo de Panamá. Debido a la falta de registros escritos, la historiografía se basa en hallazgos arqueológicos. Los pueblos indígenas, surgidos de migraciones mesoamericanas en el siglo XII, se organizaban en estructuras aldeanas bajo jefes autocráticos y consejos de ancianos. El derecho consuetudinario regulaba la vida familiar y los delitos contra la vida, tal como lo documentaron posteriormente los cronistas españoles entre las tribus amerindias. Volver al resumen

ÉPOCA COLONIAL ESPAÑOLA (1501-1821)

Con la llegada de las tropas españolas en 1501 comenzó la conquista del istmo y la introducción del derecho español. Se promulgó un corpus jurídico especial para las colonias americanas y Filipinas, codificado en 1680 en la “Recopilación de Leyes de Indias y Filipinas”. Esta recopilación constaba de 9 volúmenes, 218 títulos y más de 6.000 leyes que abarcaban todos los aspectos de la legislación colonial. Panamá fue gobernada por instituciones territoriales: la Gobernación (primero Castilla de Oro, luego Veraguas a partir de 1513), el Virreinato (a partir de 1718 parte de Nueva Granada) y la Audiencia (fundada en 1535, con facultad de revisión judicial), que funcionó de forma intermitente durante tres siglos. La Real Audiencia de Panamá (1538) se extendía desde Nicaragua hasta el Cabo de Hornos y jugó un papel central en el Imperio español. Volver al resumen

INDEPENDENCIA Y PERÍODO COMO PARTE DE COLOMBIA (1821-1903)

En 1821 Panamá declaró su independencia de España y se unió a la Gran Colombia (que incluía Colombia, Venezuela y Ecuador). Un decreto presidencial de 1825 mantuvo el derecho español hasta 1808 como complemento de las leyes colombianas, promulgadas de forma centralizada en Bogotá. Hubo varios intentos de secesión; entre 1863 y 1885 Panamá fue un Estado soberano dentro de la Colombia federal con su propia constitución y asamblea. Esta promulgó un Código Civil y Administrativo que reemplazó en la mayoría de los casos el derecho español y sirvió incluso como modelo para otros Estados colombianos. El Código Civil nacional colombiano de 1873 derogó el derecho español y las constituciones/códigos estatales. Volver al resumen

INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ (1903)

El quinto intento de secesión en 1903 tuvo éxito y Panamá se convirtió en república independiente. En 1904 se adoptó una constitución liberal (laissez-faire). En 1916 una comisión de codificación presentó proyectos de códigos Civil, Comercial, Penal, Judicial, Minero y Tributario, que fueron promulgados en 1917 junto con un Código Administrativo. En la Zona del Canal de Panamá rigió hasta 1979 el derecho consuetudinario estadounidense (Common Law) según los tratados de 1904, con derecho federal estadounidense y órdenes ejecutivas; esto fue derogado por los tratados de 1979.

En 1852 Panamá introdujo el juicio por jurado en materia penal y, 30 años después de su abolición, aplicó definitivamente la abolición de la esclavitud. Volver al resumen

DICTADURA MILITAR Y RETORNO A LA DEMOCRACIA (1968-HOY)

La Constitución de 1972, aprobada por una asamblea de partido único, amplió los derechos sociales, pero mantuvo la designación del gabinete y de la Corte Suprema por parte del jefe de la Guardia Nacional. Las reformas de 1983 eliminaron disposiciones autoritarias y restablecieron el Estado de derecho. En los años siguientes se sustituyeron los códigos Penal, Judicial y Minero por versiones modernas. Desde la caída del régimen de Noriega en 1989 mediante la invasión estadounidense, Panamá se encuentra en un proceso de democratización.

La Constitución vigente de 1972 (modificada por última vez en 2004) define a Panamá como una república centralizada, republicana y democrática con separación de poderes: Ejecutivo (Presidente, Vicepresidentes, Ministros), Legislativo (72 diputados) y Judicial (9 magistrados en la Corte Suprema). Volver al resumen

ESTRUCTURA JURÍDICA ACTUAL

Panamá sigue el sistema de derecho civil; los jueces no están vinculados a precedentes. Las fuentes primarias del derecho son la Constitución, los códigos, las leyes y los decretos. En caso de lagunas se aplican principios generales de publicaciones científicas o costumbres locales (por ejemplo, en derecho comercial, cuando 5 o más comerciantes declaran). Solo tres fallos idénticos de la Corte Suprema en pleno constituyen “doctrina probable”. Volver al resumen

Derecho Inmobiliario

DERECHO INMOBILIARIO

GUÍA DETALLADA DEL DERECHO INMOBILIARIO EN PANAMÁ

(Actualizado a marzo de 2026)

Panamá es un país atractivo para las inversiones inmobiliarias, especialmente para extranjeros, gracias a su economía estable, el uso del dólar estadounidense y una legislación favorable a los inversores. El derecho inmobiliario se basa en la Constitución panameña, el Código Civil y leyes específicas como la Ley 66 de 2017 de reforma tributaria. Los extranjeros gozan en gran medida de los mismos derechos que los nacionales, con pocas restricciones. Esta guía ofrece un panorama completo sobre derechos de propiedad, proceso de compra, impuestos, riesgos y consejos. Tenga en cuenta que se trata de información general – consulte siempre a un abogado calificado para asesoramiento individual, ya que las leyes pueden cambiar. Volver al resumen

1. DERECHOS DE PROPIEDAD Y TIPOS DE PROPIEDAD EN PANAMÁ

La Constitución de Panamá garantiza el derecho a la propiedad privada, que también aplica a los extranjeros. Existen tres tipos principales de propiedad que difieren en seguridad jurídica y valor: 

  • Propiedad titulada (Titled Property): Es la forma más segura. La propiedad está inscrita en el Registro Público (Registro Público), lo que ofrece plena protección de propiedad. Los extranjeros pueden comprar sin restricciones propiedades tituladas, incluidas casas, condominios o terrenos. El título se transfiere mediante Escritura Pública. 

  • Derechos de Posesión (Rights of Possession, ROP): Se trata de un derecho de uso sobre tierra no registrada, frecuente en zonas rurales. Es más económico, pero más riesgoso, ya que no existe título pleno. El ROP puede convertirse en título pleno, lo que puede tardar entre 3 y 5 años. Muchos expatriados evitan el ROP por posibles disputas. 

  • Concesión: Para terrenos costeros o insulares (por ejemplo, Bocas del Toro). El Gobierno otorga derechos de uso por 20 a 90 años, renovables. Los extranjeros pueden adquirir concesiones, pero existen restricciones en zonas protegidas.

RESTRICCIONES PARA EXTRANJEROS:

  • No se permite la propiedad dentro de 10 km de las fronteras (por ejemplo, con Costa Rica o Colombia). 

  • En zonas costeras (hasta 22 m sobre la línea de marea alta) está prohibida la propiedad; solo se aplican concesiones. 

  • Islas: frecuentemente solo concesiones, con excepciones para propiedades tituladas.

Los extranjeros pueden poseer inmuebles directamente o a través de una sociedad panameña (por ejemplo, S.A.), lo que puede ofrecer ventajas fiscales. Volver al resumen

2. EL PROCESO DE COMPRA: GUÍA PASO A PASO

El proceso es similar al de Estados Unidos o Europa y suele durar entre 30 y 60 días. Es transparente, pero la debida diligencia es esencial. 

  1. Búsqueda y preparación: explore regiones como Ciudad de Panamá, Bocas del Toro, Boquete o Pedasí. Utilice corredores licenciados (por ejemplo, a través de ElitorMedic). Para extranjeros: no se requiere visado para comprar, basta con un visado de turista. 

  2. Oferta y contrato preliminar: realice una oferta por escrito (Oferta de Compra). Si es aceptada, firme un contrato de promesa de compraventa (Promesa de Compraventa), normalmente con un 10 % de pago inicial. Este contrato es vinculante y se autentica notarialmente. 

  3. Due Diligence: deje que un abogado verifique: 

  4. Estado del título en el Registro Público (sin gravámenes, hipotecas o litigios). 

  5. Valor catastral (Valor Catastral) y valor de mercado. 

  6. Permisos ambientales y de construcción. 

  7. Deudas tributarias.
    Duración: 1–2 semanas. Costo: 1–2 % del precio de compra.

  8. Financiación: los extranjeros pueden obtener hipotecas de bancos panameños (hasta el 70 % del valor, intereses del 4–6 %). Se requiere: comprobante de ingresos y verificación crediticia. 

  9. Cierre (Closing): firma de la Escritura Pública ante notario. Pago del saldo restante (normalmente por transferencia bancaria). Inscripción en el Registro Público (tarda 1–2 semanas). El comprador recibe el título.

PARTES INTERVINIENTES:

  • Abogado: obligatorio para extranjeros; costo: 1–1,5 % del precio. 

  • Notario: autentica los contratos. 

  • Corredor: comisión del 3–5 %, normalmente pagada por el vendedor. Volver al resumen

3. IMPUESTOS Y TASAS

Panamá tiene una de las cargas impositivas inmobiliarias más bajas de Latinoamérica. Los impuestos se basan en el valor catastral (no en el valor de mercado). 

  • Impuesto anual sobre inmuebles (Impuesto de Inmueble):

  • Hasta 120.000 USD: exento (para vivienda familiar o residencia principal). 

  • 120.001–700.000 USD: 0,5–0,7 %. 

  • Más de 700.000 USD: hasta 1 %.
    Exenciones: las construcciones nuevas están exentas de 5 a 20 años (según valor y año de construcción).

  • Impuesto de transferencia (Transfer Tax): 2 % del precio de venta o valor catastral (el mayor), pagado por el vendedor. 

  • Impuesto sobre plusvalía (Capital Gains Tax):
    Opción 1: 3 % de pago anticipado sobre el precio de venta (a cargo del vendedor).
    Opción 2: 10 % sobre la ganancia neta (después de deducir costos).
    El comprador responde subsidiariamente si el vendedor no paga. 

  • Otras tasas: honorarios notariales (0,5–1 %), tasas de registro (aprox. 0,5 %), comisión del corredor.

Para extranjeros: no hay impuestos adicionales; sistema territorial – solo se gravan los ingresos generados en Panamá. Volver al resumen

4. RIESGOS Y CASOS JURÍDICOS PRÁCTICOS

  • Problemas de título: siempre realice due diligence, ya que títulos antiguos pueden tener errores. No existe Title Insurance en Panamá. 

  • Fraude: evite pagos en efectivo; utilice cuentas de escrow. 

  • Normativa ambiental y de zonificación: en áreas protegidas (por ejemplo, parques nacionales) existen estrictas normas de construcción. 

  • Herencia: los inmuebles se rigen por el derecho panameño; se recomienda un testamento. 

  • Riesgos cambiarios: todo en USD, pero la inflación puede afectar los precios. →Volver al resumen

5. CONSEJOS PARA EXTRANJEROS

  • Elija un abogado especializado en derecho inmobiliario, recomendado por ElitorMedic. 

  • Visado y residencia: la compra no requiere visado, pero para estancias largas: Visa Pensionado (para jubilados) o Visa Friendly Nations (con inversión inmobiliaria desde 200.000 USD). 

  • Tendencias del mercado 2026: los precios suben en Ciudad de Panamá (condominios desde 150.000 USD), más asequibles en zonas rurales. Enfoque en desarrollos sostenibles. 

  • Resumen de costos: costos totales para el comprador: 3–5 % del precio (tasas, impuestos). 

  • Recursos recomendados: sitio web del Registro Público, ANATI (para catastro) o empresas como Elitor International.

Panamá ofrece excelentes oportunidades, pero una investigación exhaustiva es fundamental. Para actualizaciones vigentes consulte fuentes oficiales como la Dirección General de Ingresos (DGI) o contáctenos. Volver al resumen

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